La Cámara Penal redujo las penas de los tres condenados por el crimen del entrenador Marcos Guenchul en julio de 2019 al aportar otra interpretación del caso. En este sentido, los beneficiados son Maximiliano Rodrigo Panero, la ex novia de la víctima y mamá de su hija Priscila Vanesa Denoya y Santiago Caio Soso.
En la resolución, firmada por los camaristas Bibiana Alonso, Gustavo Salvador y Tomás Orso, se resolvió disminuir las penas impuestas los tres condenados al disentir sobre lo dictaminado por la Cámara de Apelaciones en lo Penal en noviembre de 2023.
De acuerdo a lo informado, el año pasado dicha Cámara revocó parcialmente el fallo de primera instancia y los condenó a los tres a prisión perpetua. A menos de un año, la Cámara Penal dio a conocer las nuevas sentencias contra los presos: Denoya recibió cuatro años por ser instigadora de amenazas, mientras que Soso y Panero, recibieron 20 y 22 años de cárcel, respectivamente.
El fallo de 50 páginas explica que “no existen pruebas ni indiciarias ni directas ni objetivas que permitan arribar con grado de certeza a afirmar que Panero era un sicario; que se haya efectuado un disparo mortal como parte de un plan urdido de antemano y mucho menos que ese acto improvisado y desprolijo comprenda también la coautoría funcional de Denoya”.
“Sería de extrema torpeza para Soso haber ido con su propio auto a llevar al sicario y permanecer allí mientras ejecutaba a Guenchul. Al igual que para Panero, quien en una torpe maniobra, habría hecho caminar a Guenchul hacia su ejecución, haciéndose ver por el chofer de la línea K para luego prácticamente frente al mismo darle muerte, asegurando su impunidad”, fundamentaron los magistrados.
En este sentido, expresaron: “Lo que ha quedado probado es que Soso y Panero fueron al lugar del hecho juntos con un arma, aportando el transporte uno y el accionar otro, y que de ese hecho, sin perjuicio del objeto inicial que, según surge objetiva y claramente de lo probado, era amenazar a Marcos Guenchul resultó un hecho homicida que puso fin a la vida de este”.
Con respecto a la ex pareja, indicaron: “No se puede concluir con ningún grado de certeza que Denoya pudiera intuir, ni siquiera con grado de dolo eventual, el desenlace fatal que ni por atisbo surge como planificado, pero sí todo indica prístinamente que conocía la intimidación que Soso y Panero iban a emprender contra Guenchul, la consintió y participó de la misma, puesto que era la única que tenía un motivo verdadero”.
En la resolución, firmada por los camaristas Bibiana Alonso, Gustavo Salvador y Tomás Orso, se resolvió disminuir las penas impuestas los tres condenados al disentir sobre lo dictaminado por la Cámara de Apelaciones en lo Penal en noviembre de 2023.
De acuerdo a lo informado, el año pasado dicha Cámara revocó parcialmente el fallo de primera instancia y los condenó a los tres a prisión perpetua. A menos de un año, la Cámara Penal dio a conocer las nuevas sentencias contra los presos: Denoya recibió cuatro años por ser instigadora de amenazas, mientras que Soso y Panero, recibieron 20 y 22 años de cárcel, respectivamente.
El fallo de 50 páginas explica que “no existen pruebas ni indiciarias ni directas ni objetivas que permitan arribar con grado de certeza a afirmar que Panero era un sicario; que se haya efectuado un disparo mortal como parte de un plan urdido de antemano y mucho menos que ese acto improvisado y desprolijo comprenda también la coautoría funcional de Denoya”.
“Sería de extrema torpeza para Soso haber ido con su propio auto a llevar al sicario y permanecer allí mientras ejecutaba a Guenchul. Al igual que para Panero, quien en una torpe maniobra, habría hecho caminar a Guenchul hacia su ejecución, haciéndose ver por el chofer de la línea K para luego prácticamente frente al mismo darle muerte, asegurando su impunidad”, fundamentaron los magistrados.
En este sentido, expresaron: “Lo que ha quedado probado es que Soso y Panero fueron al lugar del hecho juntos con un arma, aportando el transporte uno y el accionar otro, y que de ese hecho, sin perjuicio del objeto inicial que, según surge objetiva y claramente de lo probado, era amenazar a Marcos Guenchul resultó un hecho homicida que puso fin a la vida de este”.
Con respecto a la ex pareja, indicaron: “No se puede concluir con ningún grado de certeza que Denoya pudiera intuir, ni siquiera con grado de dolo eventual, el desenlace fatal que ni por atisbo surge como planificado, pero sí todo indica prístinamente que conocía la intimidación que Soso y Panero iban a emprender contra Guenchul, la consintió y participó de la misma, puesto que era la única que tenía un motivo verdadero”.
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